viernes, 18 de enero de 2013

Dice algo de interés las adicionales, transitorias, .... de la ley de Presupuestos


A veces tenemos la tentación de pensar que no... pero

ADICIONAL Trigésima octava. Descuento en la nómina de los empleados públicos por ausencia al trabajo por enfermedad o accidente que no dé lugar a una situación de incapacidad temporal....... comportará, la aplicación del descuento en nómina previsto para la situación de incapacidad temporal, en los términos y condiciones que establezcan respecto a su personal cada una de las Administraciones Públicas.
Y LA COLETILLA de rigor.....Desde la entrada en vigor de este precepto, se suspenden y quedan sin efecto los acuerdos, pactos y convenios para el personal de su ámbito de aplicación, que contengan cláusulas que se opongan a su contenido.


ADICIONAL Trigésima novena. Interés legal del dinero.
.... tipo de interés legal del dinero, éste queda establecido en el 4 por ciento hasta el 31 de diciembre del año 2013.
......el interés de demora será del 5 por ciento.


ADICIONAL Octogésima segunda. Determinación del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) para 2013.

.... lo dicho en la entrada anterior , sigue igual, (reflexión personal: sube todo, la luz, el IBI, la gasolina....., el IPREM no


TRANSITORIA Quinta. Modificación del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio.
Se modifica el párrafo segundo del artículo 128.1.a) del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, que queda redactado como sigue:

«Agotado el plazo de duración de trescientos sesenta y cinco días previsto en el párrafo anterior, el Instituto Nacional de la Seguridad Social, a través de los órganos competentes para evaluar, calificar y revisar la incapacidad permanente del trabajador, será el único competente para reconocer la situación de prórroga expresa con un límite de ciento ochenta días más, o bien para determinar la iniciación de un expediente de incapacidad permanente, o bien para emitir el alta médica, por curación o por incomparecencia injustificada a los reconocimientos médicos convocados por el Instituto Nacional de la Seguridad Social. De igual modo, el Instituto Nacional de la Seguridad Social será el único competente para emitir una nueva baja médica en la situación de incapacidad temporal cuando aquélla se produzca en un plazo de ciento ochenta días naturales posteriores a la antes citada alta médica por la misma o similar patología...

TRANSITORIA Décima cuarta. Modificación de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
Con efectos a partir de 1 de enero de 2013 y vigencia indefinida, se modifica la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria..... SE HAN MODIFICADO VARIOS ARTICULOS, PERO.....ya lo desarrollaremos en un a futura entrada.


TRANSITORIA Décima octava. Modificación de la Ley 9/2009, de 6 de octubre, de ampliación de la duración del permiso de paternidad en los casos de nacimiento, adopción o acogida.
Se da nueva redacción a la disposición final segunda de la Ley 9/2009, de 6 de octubre, de ampliación de la duración del permiso de paternidad en los casos de nacimiento, adopción o acogida, en los siguientes términos:
«Disposición final segunda.
La presente Ley entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2014.»
Para este año 2013, no afecta para el año 2014 afectará.

Algunos aspectos de Seguridad Social y Ley Presupuestos Generales del Estado, para el año 2013 (Ley 17/2012)

-Se ha producido un incremento del 1% de las pensiones Contributivas, para algunas de ellas (-de 14.000 Euros/año), se incrementan el 2%.

-Se ha producido un incremento del 2% para las pensiones NO Contributivas.

-Para el año 2013 el importe del incremento de las pensiones públicas no podrá
suponer un valor íntegro anual superior a 35.673,68 euros.

-El tope máximo de la base de cotización en cada uno de los Regímenes de la
Seguridad Social que lo tengan establecido, queda fijado, a partir de 1 de enero de 2013,
en la cuantía de 3.425,70 euros mensuales.

-Las bases mínimas de cotización, según categorías profesionales y grupos de
cotización, se incrementarán, desde el 1 de enero de 2013 y respecto de las vigentes
en 31 de diciembre de 2012, en el mismo porcentaje en que aumente el salario mínimo
interprofesional.

-Tipos de cotización para Regimén General siguen igual que en 2012.

-Los tipos de cotización y de aportación del Estado al Régimen Especial de Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, gestionado por MUFACE,se fija en el 1,69 por ciento sobre los haberes reguladores establecidos para el año 2012 a efectos de cotización de Derechos Pasivos, incrementados en un 1,00 por ciento.


También de interés, pero de la Ley 17/2012

-SMI, se ha subido un 0,6% de 641,40 a 645,30 Euros. Esto no esta en la ley de presupuestos. 
-IPREM, sin modificación, continua en 532,51Euros. Esto Sí esta en la Ley de presupuestos, en la adicional 82.

jueves, 17 de enero de 2013

SÍ se puede.YES you can

EMPEZAMOS A CAMINAR

Esta es una pagina que pretende ser un canal de comunicación sobre ideas y comentarios sobre las políticas activas de Empleo, la búsqueda de empleo y sobre todo sobre el empleo público.


El autor "Perpetra" su pagina en solitario, por lo tanto son mis opiniones, no represento a nadie, ni lo pretendo.

El error no es más que una ayuda a aprender... en el camino de el aprendizaje., si detectas un error por favor comentamelo.

Un saludo, y os animo a utilizar este aula participativa.